NORMAS
El arrendatario será responsable de toda la comida y bebidas de cualquier tipo que facilite en la fiesta. Siendo él, único responsable, en caso de que derivado de la ingesta de las mismas se tenga cualquier consecuencia. Mediante este documento, se exime a la propiedad de toda responsabilidad a este respecto.
Asimismo el arrendatario se compromete a no llevar a cabo ninguna actividad ilÃcita en el local, asà como a respetar las prohibiciones establecidas en la Ley de prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias del PaÃs Vasco, ley 18/1998, de 25 de junio, por señalar la mas importante, la prohibición de suministrar bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
En caso de que la parte arrendataria proceda a la contratación de cualquier trabajador, tanto camarero, como monitor, animador… serán de su cargo los gastos que ello genere, tanto en salarios, como en impuestos… Liberando a la parte arrendadora de toda responsabilidad a este respecto.
El arrendatario es responsable de tramitar y asumir el pago derivado de cuantos permisos y autorizaciones necesite para llevar a cabo el evento propuesto de acuerdo a la naturaleza del mismo. Asà como de la póliza de seguro contra todo riesgo y de responsabilidad civil que cubra cualquier.
Queda terminantemente prohibido lo siguiente:
El incumplimiento de las normas por parte del arrendatario o de cualquiera de las personas que accedan al local, otorgaran derecho al propietario del local a suspender este contrato.